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    Calendario de implantación

    El calendario establecido para la implantación del EURO incluye tres fases. La comprensión adecuada por parte del público del valor de la nueva divisa y del uso de los decimales; y la disposición de suficientes monedas y billetes para el tráfico mercantil aconsejaron fijar un período relativamente largo de implantación.

    PERÍODO DE PREPARACIÓN (mayo de 1998 al 31-12-98): Durante 1998 salió a la luz toda la legislación que regula el EURO. Además, se establecieron los tipos de conversión de las distintas divisas al euro.

    PERÍODO TRANSITORIO (1-1-99 al 31-12-2001): Desde el 1 de enero de 1999, el EURO es la moneda única de los países miembros de la unión monetaria, aunque todavía no se puede utilizar para los pagos en efectivo (ya que no existen todavía monedas ni billetes). Mientras tanto, se utilizan las monedas nacionales para realizar estos pagos, puesto que se consideran "expresiones del EURO".
    Durante este año, estas serán las fechas clave:

      15 Noviembre 2001. Predistribución de billetes y monedas a grandes empresas de distribución comercial.
      1 Diciembre 2001. Predistribución de billetes pequeños y monedas a comercios y hostelería.
      15 Diciembre 2001. Predistribución de monedas a la población en general.

    PERÍODO DE CONVIVENCIA SIMULTÁNEA (1-1-2002 al 31-6-2002): El 1 de enero del 2002, como muy tarde, comenzarán a circular monedas y billetes del EURO; y se retirarán progresivamente de la circulación las monedas y billetes nacionales. Durante un período máximo de 6 meses (que cada Gobierno puede reducir) se podrán utilizar libremente pesetas y EUROS.

      1 Enero 2002. Los billetes y monedas en euros se ponen en circulación. A partir de esta fecha se obtienen euros en entidades bancarias y cajeros automáticos.
      1 Enero 2002 - 28 Febrero 2002. Periodo de doble circulación. Durante dos meses podremos pagar en pesetas y en euros.
      1 Marzo 2002. La peseta desaparece. Desde esta fecha ya no podrá pagarse es pesetas. El euro es la única moneda de curso legal.
      1 Enero 2002 - 30 Junio 2002. Periodo de retirada y canje. Se podrán canjear las pesetas por euros en entidades bancarias y en el Banco de España. Las monedas y billetes en pesetas se van retirando para su fundición y destrucción, respectivamente.
      1 Julio 2002 - sin límite. Desde esta fecha, sólo se podrán cambiar en el Banco de España.

     
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     Algunas cifras


    > El próximo 1 de enero comenzarán a circular los primeros Euros.
    >
    6 Euros equivalen aproximadamente a 1.000 pesetas.
    > Se recuperan los céntimos. En total habrá 6 monedas de 1, 2, 5, 10, 20 y 50 céntimos.
    > Los billetes llevan grabado su valor en braile.

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